Opinión

Los Concejos de las Alcaldías como mecanismos de anticorrupción en la Ciudad de México

Odet Mariana Rivera Pineda*

El concepto de corrupción tiene multiples definiciones, sin embargo, podemos concebirla en un modo simple y sintetisado como el abuso del poder público para obtener un beneficio propio.

Algunos aseguran que se trata de una cuestión cultural; otros, que es un problema del Estado de Derecho y el cumplimiento de las leyes. Lo cierto es que, sin importar su naturaleza, la corrupción es uno de los mayores males que actualmente aquejan a nuestra sociedad.

De acuerdo con una encuesta nacional de calidad e impacto gubernamental elaborada por el Instituto Nacioanl de Estadística y Geografía (INEGI) en 2015, la mitad de la población mayor de 18 años consideró que la corrupción el segundo mayor problema que enfrentan sus estados, solo por debajo de la inseguridad y la delincuencia.

En México, a pesar de existir una forma de Gobierno republicana, representativa y popular, aún nos queda un largo camino por recorrer, muchos han sido los esfuerzos por avanzar en materia de corrupción. No obstante, más que esfuerzos parecieran ser simulaciones para convencer a los ciudadanos de que las cosas se estan haciendo bien.

Un ejemplo de lo anterior son los Concejos de las Alcaldías. A partir de la Reforma Constitucional del artículo 122, que se dio en 2016, se estableció un nuevo órden de poderes locales para la Ciudad de México. Dentro de los cambios establecidos destacarón los llamados Concejos que forman parte de las ahora Alcaldías.

El Concejo puede entenderse como el órgano colegiado electo en cada Demarcación territorial que tiene como funciones la supervisión y evaluación de las acciones de Gobierno, el control del ejercicio del gasto público y la aprobación del proyecto de presupuesto de egresos correspondientes a las Alcaldías, en los términos que señalan las leyes. Los Concejos son presididos por los Alcaldes, y cabe destacar que los Concejales no pueden ejercer funciones de Gobierno y Administración Pública, ni cuentan con presupuesto para operar y realizar activiidades.

Los concejos deben observar los principios de transparencia y rendición de cuentas, entre otros, se supondría que los Concejales son un contrapeso al ejercicio del poder de la Alcaldía. A pesar de ello, la mayoría de los integrantes de este órgano pertenecen al partido político que gobierna la Alcaldía, por lo que, todo aquello que se someta a votación, podrá ser aprobado.

Considero que el tema de los Concejos como contrapesos a las Alcaldías es muy complejo. Es un claro ejemplo de las simulaciones que existen en nuestro país por convencer a la ciudadanía de que se está gobernando desde un esquema de transparencia y rendición de cuentas; que es un esfuerzo por convencer al electorado de que se esta combatiendo la corrupción al interior de las Demarcaciones, pero, ¿quién le exige al Alcalde o Alcaldesa?

¿Qué se requiere? Reformar la Ley Orgánica de la Ciudad de México, la Ley Orgánica de las Alcaldías y sus reglamentos internos porque, por más que exista la buena voluntad de los Concejales por ser un contrapeso a las Alcaldías, actualmente se encuentran atados de manos y no cuentan con las herramientas jurídicas necesarias. Tal vez lo más preocupante, es que la mayoría de quienes habitan en la Ciudad de México, ni si quiera saben de la existencia de estas figuras.

*Concejal en la alcaldía Benito Juárez

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